El Tribunal de Honor del Colegio de Psicólogos de Guatemala, está instituido para conocer las denuncias, instruir la averiguación y dictar la resolución, imponiendo las sanciones cuando proceda, en los casos en que se sindique a alguno de los miembros del Colegio de haber faltado a la ética, haber afectado el honor y prestigio de su profesión; o haber incurrido en notoria ineficiencia, incompetencia, negligencia, impericia, mala práctica o conducta moralmente incorrecta en el ejercicio de la misma. Se organizará y funcionará de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria y en los Estatutos del Colegio.